[Home] [Noticias] [columnistas] [Clientes] [Agenda] [Sitios] [Capacitaciones] [Legislación] [Profesionales] [Regístrese] [Boletín Gratis !] [E-mail Gratis !] [Traductor_online] [Software] (CONTACTENOS) [Foros] [Mensaje a Celulares]

 ecofield Salud y seguridad en el trabajo, seguridad ambiental
Home
Noticias
Columnistas
Legislación
Profesionales
Clientes
Sitios
Foros
Agenda
Regístrese !!
SERVICIOS
E-mail gratis !!
Traductor online
Software
Mensaje a celulares
Capacitaciones
DE COMPRAS
Música
Libros
Compra-venta
Viajes
Comprá de todo
CULTURA
Argirópolis
Mercado
 Inrocks
 

Nuestros columnistas


A un lustro de la Ley de Riesgos del Trabajo,

¿Hay un cambio cultural?

Por Omar A. Gabba

Revisando desde donde partimos, a lo que hoy se hace habitual, evidentemente hubo una evolucion, en el enfoque de cada uno de los actores que participan en este nuevo marco legal dispuestos por la Ley 24.557.

No es indispensable argumentar el peso y la significación de la característica propio de la construcción como fuente de actividad laboral, con su condimento propio, cual es, la inestabilidad laboral que perjudica a mi manera de observar, el propósito primordial de la Ley de Riesgos del Trabajo, entre cuyos objetivos se ubican: la reducción la siniestralidad laboral , reparar daños derivados de accidentes laborales y de enfermedades profesionales, promover la recalificación y recolocación de los trabajadores damnificados y promover la negociación colectiva laboral para la mejora de las medidas de prevención y de las prestaciones reparadoras .

En cuanto a la atención del obrero accidentado, se ha mejorado mucho evitando el ABANDONO DE PERSONA (Art. 106 . Código Penal), pero debo remarcar que en la actualidad, a veces por razones de costo, los prestadores médicos adelantan el alta medica del paciente, ante lo cual los empleadores deben plantear el REAGRAVAMIETNO DE LA LESION ante su aseguradora de Riesgos del Trabajo, mediante el uso del formulario de practica para devolverle la prestación retaceada a su trabajador. Aquí debo destacar un detalle muy importante, el EMPLEADOR es el CLIENTE de su aseguradora, de manera que debe siempre requerir ante aquella, toda situación donde un obrero dependiente amerita la prosecución de un tratamiento de la lesión que lo aqueja, que en algunos casos puede ponerlo en serio riesgo , por el tipo de actividad, de sufrir un siniestro mas grave.

Hay otras situaciones donde se demora la decisión de la practica a realizar al damnificado por un accidente, ante lo cual con el debido asesoramiento se logra cambiar la actitud de las aseguradoras, las que en reiteradas ocasiones derivan la atención de la lesión a la Obra Social del trabajador.

En otro orden, se ha incrementado el control de parte de los comitentes hacia empresas contratistas, sobre el cumplimiento de las obligaciones emanadas de la Ley 34.557, como ser: La notificación de INICIO DE OBRA y la aprobación del PROGRAMA DE SEGURIDAD por parte de la aseguradora de Riesgos del Trabajo, como así también la CAPACITACION al personal sobre los Riesgos propios de las tareas a realizar y los controles a implementar , en otros casos se exige la ATS, es decir , la Asignación de Trabajo Seguro, que es un análisis del trabajo a efectuar, con las distintas etapas del mismo , donde se señalan los riesgos y los cuidados a realizar. Es un practica muy favorable para toda organización, dado que constituye una DOCUMENTAL relevante ante la ocurrencia de un siniestro grave.

Otro hecho cuya repetición a esta altura, no debería suceder es la falta de PROTECCIONES en las sierras circulares, y maquinas mezcladoras, lo cual es motivo de multas de parte de las SECRETARIAS DE TRABAJO de cada provincia, las que tienen un propósito RECAUDADOR, dada la escasez de recursos financieros de los organismos oficiales, y ante lo cual no hay argumento alguno para justificar la inobservancia.

La práctica de la vida cotidiana prueba que, mientras se privilegie a la PRODUCCION en desmedro de la SEGURIDAD, en cualquier obra civil, lograr reducir la siniestralidad seguirá siendo una UTOPÍA, dado que son muchos los factores que concurren para su inviabilidad, entre otros la gran rotación de personal, la falta de protecciones adecuadas tanto fijas como móviles, la carencia de entrega de ropa de trabajo y elementos de protección personal, etc.

Sin duda, que aún persiste de parte de la organización gremial la vieja conducta que fue vista por televisión, de negociar condiciones de inseguridad previsional y laboral de los trabajadores en las obras, lo cual también conspira contra el mejoramiento general de las condiciones de trabajo, dado que se distraen recursos económicos para esconder la tierra debajo de la alfombra, perjudicando directamente al obrero y accionando deslealmente en el mercado con menores costos, frente a competidores del rubro.

En estos cinco años, seguimos adoleciendo de la asignación de PREMIOS Y CASTIGOS para los que cumplen y quienes no lo hacen; pero la raíz de todo es la FALTA DE CONTROL, de parte de los organismos estatales que se han subrogado tal función, en las provincias, donde la SECRETARIA DE TRABAJO, con éxito puede contar con dos inspectores, para todo el territorio, que a veces no están HABILITADOS por la ley 19.587 Dec 351/79, que establece para los profesionales universitarios, con curso de postgrado, de no menos de 500 horas de duración y desarrollados en universidades estatales o privadas.

Concluyendo se han logrado cambios positivos, pero aún quedan desvíos propios de la inexperiencia, que en la medida en que todos los participantes apuesten a corregirlas, se irán tachando en el tiempo.


[Home] [Noticias] [columnistas] [Clientes] [Agenda] [Sitios] [Capacitaciones] [Legislación] [Profesionales] [Regístrese] [Boletín Gratis !] [E-mail Gratis !] [Traductor_online] [Software] (CONTACTENOS) [Foros] [Mensaje a Celulares]

© Copyright 1999 - 2000 ecofield - Todos los derechos reservados. Legales: Entrar a nuestra pagina supone aceptar nuestros términos de uso: El material publicado en este sitio tiene como único propósito el brindar información a cualquier visitante, sin que ello implique responsabilidad alguna respecto de la exactitud e integridad de los datos que están volcados en el mismo. Quien acceda a este sitio acepta que toda información que se encuentra en el mismo y los errores o las omisiones en que se incurra no podrán ser utilizados como base de cualquier reclamo o demanda o causa de acción legal.

Página optimizada para trabajar en 800x600. Desarrollada por Ecofield. Mayor Información: rrcufre@ecofield.com.ar. Argentina.